Imagen de María Rosa Mística nuestra Patrona
JERARQUIA DE LA IGLESIA
ARZOBISPO PRIMADO
Fray JOSE RUBEN GARCÍA MATIZ
Autoridad de la Iglesia en sus Diócesis y Países donde estemos
Iglesia de Origen Católico, cuya separación de Roma, data del año 1870 en el Concilio Vaticano Primero.
Rama conocida en el mundo como
“Iglesia Católica Apostólica Antigua
Viejos Católicos 1870”
En la actualidad participa en Colombia del Colectivo Ecuménico en Medellín Antioquia Colombia y de la Mesa Interreligiosa de Cali Valle.
Nuestra Iglesia goza de mucha aceptación en varios países del mundo y recibe en sus altares a todo aquel que se acerca con fe y mucho espíritu Mariano
En Colombia estamos desde
1967
OBISPOS
Fray Miguel Adolfo Figueroa Suarez
Obispo Auxiliar de Infraestructura general
VICE PRESIDENTE
Director Infraestructura General
Bogotá D.C.- Cundinamarca - Colombia
Fray Erick Fabián Restrepo Lozano
Obispo Auxiliar Diócesis N. S. Perpetuo Socorro
Obispo Diocesano San Pablo Apóstol
Vicario General de la Iglesia
Cali Valle Colombia
Fray José Rubén García Matiz
Obispo Diocesano
Diócesis de Nuestra Señora de Fátima - Medellín
Fray Francisco José Luna Contreras
Obispo Auxiliar:
Diócesis de San Rafael Arcángel - Bogotá
Diócesis San Esteban Mártir- Cúcuta /Ocaña
Director Departamento de Liturgia y Publicaciones Arquidiocesanas
Coordinador Nacional de Vocaciones de la
Curia Central
Fray Juan Sebastian López Cardona
Obispo Auxiliar:
Diócesis de San Pedro Apóstol Bucaramanga
Diócesis de San Francisco de Asís Cartagena
VICARIO DEPARTAMENTO DE PASTORAL ARQUIDIOCESANO
Secretario Arzobispal
Delegado ante el Comité Distrital de Libertad de Culto
CURIA CENTRAL
Fray José Bernardo Rivera Naranjo
Obispo Emérito
Consultor Nacional
Medellín, Antioquia. Colombia
Fray Mauricio Alberto Mesa Martínez
Obispo Auxiliar Diócesis de San Rafael Arcángel
Bogotá D.C.- Cundinamarca - Colombia
Fray LuisFernando Hoyos Maldonado
Fundador de los Religiosos del divino Maestro
Obispo Emérito Bogotá
Bogotá, D. C. Colombia
Fray José Moisés Moncada Quevedo
Obispo Emérito Bogotá
Bogotá, D. C. Colombia
Fray Omar Antonio Agudelo Gómez, Pbro.
Vicario Administrador Reino de España
Madrid
Fray Manuel Arana Ortiz, Pbro.
Reino de España
Provincia de Vizcaya
Quien se presente diciendo que es Obispo, Sacerdote, Diacono, Religioso o Religiosa de la Iglesia Antigua en Colombia Viejos Católicos 1870 y no aparezca en estos directorios NO ES MIEMBRO ACTIVO. Quien esté en el Directorio debe presentar el carné oficial de la Iglesia vigente original, no escaneado, sin enmendaduras, su estado y ordenes se pueden confirmar con la Curia nuestra a través del contacto.
La Iglesia no responde por ceremonias o sacramentos que no esten debidamente autorizados acorde a la ley Civil y canónica de la Iglesia.
Revisado 20/07/2024
La Iglesia no responde por personajes que se van a IGLESIAS
SIFÓN y/o se hacen pasar por miembros nuestros o de los Viejos Católicos 1870.
Existe la Federación Colombiana de Comunidades Veterocatolicas y Afines (FECOLVET) Res. P.J.E. No. 0227 del 19 de Febrero de 2019, donde pueden confirmar si pertenecen o no a esta organización.
Los adheridos a esta Institución usan el nombre aprobado por el Ministerio del Interior Colombiano, mediante resolución de Personería Jurídica Especial, acto administrativo que pueden exigirlos fieles para tener seguridad de estar legales acorde con las normas Vigentes en Colombia. (No se puede agregar ningún término que no esté en el Acto Administrativo o quitar sin que medie una reforma aprobada, deben dar en todo caso plena identidad.
La razón social de una entidad es tal cual dice la resolución de PJ.E, semejante a la identidad de la persona natural en su cédula de ciudadanía - Numero único, apellidos y nombres completos).
Pueden darse un vistazo a la subpágina Alerta Lectores Suspendidos y quienes no son Ministros de la Iglesia , han salido por alguna causa canónica.
Revisado 20/07/2024
Quien no aparezca en el Directorio correspondiente como MINISTRO DE LA IGLESIA, puede ser por: Por falta de identidad, por falta de pertenencia, por estar desarrollando actividades distintas al Presbiterado u orden sagrada otorgada, por no portar distintivos clericales acorde al momento, porque nunca ha pertenecido como Ministro o Miembro activo de la Iglesia, por algún caso de conducta reprochable, por falta de decoro como Ministro, por estar sin funciones ministeriales.
Quien este en las anteriores condiciones, RESPONDERÁ PERSONALMENTE por sus actos
Respecto al Convenio de Derecho Público No. 2 Decreto 0922 del 6 de junio de 2023 solo puede presenciar matrimonios con efecto civil y bautizar el Ministro Autorizado ante el registro o Notaria por el Arzobispo Primado mediante acto administrativo y el lleno de solemnidades.
Revisado 08/11/2024