El Arzobispado de los Viejos Católicos 1870 de Colombia informa: si Usted apreciado lector desea hacer parte de nuestra Iglesia puede pedir información por esta misma página escribiendo en
"CONTACTO CORREO"
que aparece al lado izquierdo
en el listado de subpáginas.
El Señor le invita a seguirlo
célibe o Casado.
VISITAS CANONICAS COLOMBIA
La CURIA CENTRAL:
El Arzobispado Viejo Católico 1870 de Colombia informa que programará las visitas para el año 2025 de manera autónoma si los Obispos Diocesanos no piden una fecha especial para programación.
Estarían sitios asi para 2025:
Cartagena de Indias - Turbaco departamento de Bolívar Costa Atlántica del_____ al_____ de____ de 2025
Bucaramanga departamento de Santander del_____ al_____ de____ de 2025
Cali Valle del_____ de noviembre de 2025 en adelante
Neiva departamento del Huila del ________ al______ de 2025
Ibagué departamento del Tolima del_____ al________ de 2025
Florencia departamento del Caquetá del______al______ de 2025
Cúcuta - Ocaña departamento Norte Santander del ___ al ___ Julio de 2025
Medellín departamento de Antioquia del_____ al_____ de _____ de 2025
Bogotá D.C., del_____ al_____ de 2025
Soacha departamento de Cundinamarca del_______ al_______ de 2025
Los respectivos Obispos diocesanos y Vicarios estarán pendientes del desplazamiento , estadía del Arzobispo, del Visitador Arzobispal y del Secretario Arzobispal.
Cada Visita se tomará en cuenta para la semaforización diocesana.
Cada Obispo Diocesano junto con su Vicario y Canciller deben recordar las fechas con mínimo un mes de antelación incluidos los temas a tratar.
Las visitas al exterior se acordarán con el respectivo Obispo Delgado.
Nota Importante: A 10 de Enero de 2025, todas las Diócesis deben haber enviado su propuesta de visita para el 2025 a fin de poder programar el calendario general y quedar inscrita la Región. De no hacerlo se les programará sin consentimiento, pero debe haber la Visita Pastoral.
IGLESIA ANTIGUA EN COLOMBIA
VIEJOS CATOLICOS 1870 RES. 1156 DE 2015 MININTERIOR
ARQUIDIOCESIS MARIA ROSA MISTICA
Se establece por resolución de la Curia Central las siguientes fechas para las órdenes dentro de la Iglesia, recordando que se deben programar con tiempo suficiente a fin de poder atender las solicitudes por parte del Señor Arzobispo Primado como Ordinario General.
Festividades en que se puede programar fuera de estas solo el Señor Arzobispo Primado mediante solicitud escrita podría contemplar la posibilidad de cambios o de adiciones.
Únicamente el Señor Arzobispo es quien ordena pero puede delegar si a bien lo tiene:
Fiesta de Reyes X
Jueves Santo X
19 de marzo X
13 de Mayo X
16 de Julio X
Corpus Cristi X
Ascensión del Señor X
Fiesta de Rosa Mística X
Asunción de la Virgen María X
8 de Diciembre
24 de Diciembre